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«No se puede usar flagrancia como mecanismo de amenaza atacando la protesta social, ya que es un derecho constitucional»

A través del ministro de Desarrollo Humano, Armando Sánchez, trascendió la noticia de que la protesta social se juzgaría bajo el sistema provincial de flagrancia. Es por esto que en Sin plumas en la lengua nos comunicamos con con el abogado Renzo Quero, quien integra el espacio Juristas por los Derechos Humanos y la Igualdad de Género, para que nos comente sobre el derecho constitucional a la protesta y el sistema de flagrancia y la criminalización de la protesta social.

«No se puede usar un instituto como es flagrancia como un mecanismo de amenaza atacando a la protesta social, el corte de calle es un delito, porque está tipificado en el Código Penal, pero la protesta social es un derecho constitucional y siempre está por encima de otro derecho como es la libre circulación», expresó Renzo Quero.

Además, comentó que «no puede haber una intromisión del Poder Ejecutivo sobre el Poder Judicial». Sobre la conflictividad social y la política nacional, señaló: «Cuando hay una protesta es porque hay una necesidad detrás que no está siendo satisfecha. Sin ir más lejos, en la modificación del Código Penal ya está tipificado que se va a sancionar la protesta, van a eliminar el derecho a la protesta y a la huelga. De ese lado lo veo como algo grave, y entiendo que es una política del gobierno nacional».

Por último, afirmó que, si bien el sistema de flagrancia se lo puede ver positivo en ciertos aspectos, en otros no es positivo, porque con otros abogados entendemos que es un mecanismo tendiente a criminalizar la protesta de una forma rápida, y viene impulsado por la ministra Bullrich», como se dio en los casos de Santiago Maldonado y Rafael Nahuel.

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